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Guarda y custodia de menores en procesos de separación y divorcio.

Aunque lo ideal sería que en todos los procesos de separación y divorcio se llegara a un acuerdo amistoso en cuanto a la guarda y custodia de los menores en común, no siempre es así. En múltiples ocasiones, y por motivos muy variopintos, los cónyugues se disputan la guarda y custodia de sus hijos llegando a usarlos como "moneda de cambio".

Existe la creencia de que los jueces, por defecto, tienden a atribuir la guarda y custodia de los menores a las madres, otorgando un régimen de visitas más o menos amplio a los padres. Eso no debería de ser así. De hecho, la nueva Ley 25/2010, del 29 de julio, del libro segundo del Código Civil de Catalunya, relativo a la persona y la família, más conocida como "La Nueva Ley de Familia" aboga por la custodia compartida, siempre que no haya impedimentos para ello.

Una buena forma de enfrentarse al proceso judicial con más garantías es solicitar un informe pericial. De ese modo, tras la evaluación correspondiente, el perito psicológico emite un informe que se entrega a su abogado y al que, a su vez, tiene acceso el juez.

Teniendo en cuenta la cantidad de casos que deben atender los jueces cada día, y el poco conocimiento que tienen sobre la psicologia familiar, resulta de gran ayuda que dispongan de un informe pericial realizado por un experto donde se concluya acerca de la conveniencia de adoptar un tipo u otro de guarda y custodia.