Skip directly to content

La custodia compartida en divorcios contenciosos (II)

on Wed, 04/06/2011 - 11:54

En estos días se suceden las noticias relacionadas con las leyes autonómicas acerca de la custodia compartida, no faltas de polémica, por lo que me parece importante este tema, que afecta a tantas personas, y en el que los psicólogos forenses estamos tremendamente implicados.

En el portal abogae se publicaba hoy una noticia acerca de la entrada en vigor de la ley en Valencia, que se prevé para principios del próximo mes de Mayo (http://www.abogae.com/publicada-la-ley-52011-de-1-de-abril-de-la-general...) mientras que en la edición electrónica del periódico El Mundo se hacían eco de la protesta del colegio de abogados de esta comunidad, (http://www.elmundo.es/elmundo/2011/04/05/valencia/1302028383.html) donde se alega que existe una saturación de los equipos psicosociales que se prevé que aumentará substancialmente con la entrada de la nueva ley. Comentan que hasta ahora se tardaba una media de dos meses en emitir un informe pericial psicológico, pero debido a las modificaciones que introduce la ley, y al recorte de personal, este tiempo puede verse aumentado hasta los ocho meses de espera.

Si bien es obvio que estamos en contra del recorte de personal en ámbitos en los que no se justifica más que por motivos económicos, este problema abre las puertas a los psicólogos forenses que ejercemos desde el ámbito privado. Así pues, si se necesita un informe pericial psicológico para presentar a un juicio por divorcio contencioso, donde se debate la guarda y custodia de los menores, es muy favorable solicitar los servicios de un profesional privado, para minimizar el tiempo de demora en el juicio y, por ende, en la resolución final.

Si hoy día la justicia gratuita sólo se contempla en casos de personas con recursos económicos limitados, ¿por qué no contemplar la contratación de un psicólogo forense privado en lugar de esperar "el turno" para los equipos psicosociales públicos?

Post new comment