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¿Qué tiene en cuenta la AP de Barcelona para otorgar una custodia compartida?

on Thu, 10/30/2014 - 10:55

El estudio "Evolución del número de atribución de custodias compartidas y de los criterios utilizados por la audiencia provincial de Barcelona entre los años 2009 y 2014" presentado por Asunción Molina y otros siete compañeros en el VIII Congreso (Inter)Nacional de Psicología Jurídica y Forense, celebrado en Santiago de Compostela nos da unos resultados muy interesantes.

Se analiza el impacto que ha tenido la entrada en vigor del Libro II del Código Civil Catalán, en enero de 2011, que promueve la concesión de la guarda y custodia compartida.

Tras revisar 837 sentencias (336 previas a la entrada en vigor de la ley y 501 correspondientes al período posterior) observan un incremento significativo en el porcentaje de custodias compartidas otorgadas en segunda instancia, coincidiendo con la entrada en vigor del Libro II del Código Civil Catalán.

Los criterios valorados por los Jueces de la Audiencia Provincial de Barcelona para motivar las sentencias a favor de la custodia compartida se mantienen a lo largo de los años: el informe del Ministerio Fiscal, el informe del equipo técnico (informe pericial psicológico o informe psicosocial del psicólogo forense), estabilidad de los menores, edad, relación entre los progenitores, distancia geográfica entre domicilios, disponibilidad horaria de los progenitores y voluntad expresada por los menores.

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